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– Cuando haya un cambio de titular se tendrá que liquidar dicha titularidad y quedarse al corriente de pago de recibos, regularizaciones y reparaciones, para dar de alta al nuevo titular.
– Se llevarán a cabo todos los avisos de reparaciones, aunque no lo comunique al socio para su pronta recuperación y en el caso de ser necesario cambiar algún elemento con conste para el socio, este coste se realizara de forma habitual, facturándolo y abonándolo el socio.
– La manipulación de las instalaciones, sin previo conocimiento, será sancionada de acuerdo con los Estatutos. (Artº. 16.2, apartado d).
– La morosidad mantenida por tres o más meses en las cuotas de suministro, se aplicará el Artº. 16.1, apartado d) y sus normas sancionadoras. Independientemente, se pasará nota a los Servicios Jurídicos para las reclamaciones que correspondan.
– Las reparaciones de avería en viviendas de Socios, que tengan alguna deuda, no se llevarán a cabo hasta tanto no sea liquidada en su totalidad.
– En todos los casos, las reclamaciones deberán hacerse mediante escrito dirigido al Consejo Rector para que, por este, se dé la contestación y solución que sea más adecuada.
– No se pueden domiciliar recibos a nombre de inquilinos u otras personas que no sea al menos uno de los propietarios de la vivienda según indiquen las escrituras.
– Se recargará el 10% de morosidad en todos los recibos devueltos, ya sean cuotas, repuestos,reparaciones, cobro de primer impago y siguientes.
– Las cuotas se pasan al abono a mes vencido.
– A través de nuestra Web y de nuestra APP del móvil le podemos dar el acceso a socios, con un numero de usuario y contraseña, que nos tiene que autorizar mediante un documento que como base en un correo electrónico podrá acceder y utilizar sus histórico de lecturas, histórico de facturas, darnos avisos y su seguimiento, al igual que sus datos, mandarnos los documentos de cambio de Sepa, titularidad, etc.